Introducción
El fenómeno de la okupación de viviendas ha experimentado un aumento en España en los últimos años, generando gran controversia social y jurídica. Para abordar esta problemática, el Gobierno promulgó la Ley 5/2018, de 11 de junio, de reforma de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, en otras palabras y para que nos entendamos, La Ley de Desahucio Express en materia de ocupación ilegal de viviendas.
Pero si hay una ley de desahucio ¿por qué se siguen produciendo okupaciones? Muy sencillo, donde está la ley está la trampa y estas personas siguen aprovechando las ineficiencias de nuestro sistema jurídico para poder salirse con la suya. Veremos por qué esta ley no ha funcionado de manera correcta y cómo podemos poner solución y proteger nuestros hogares. ¡Vamos a ello!
Antecedentes
El incremento de la ocupación ilegal de viviendas en España se ha visto impulsado por diversos factores, entre ellos la crisis económica de 2008, que provocó un aumento significativo del desempleo y la precariedad laboral, dificultando el acceso a la vivienda digna para muchos sectores de la población. A esto se suma la existencia de un parque de viviendas vacías, especialmente en zonas urbanas, que ha sido visto como una oportunidad por parte de algunos individuos para ocuparlas de forma ilegal.
Sin embargo, la ley hace mención expresa del notable crecimiento de ocupaciones que no atienden a una extrema necesidad, sino que se llevan a cabo con fines criminales y lucrativos, invadiendo viviendas sociales e incluso primeras y segundas residencias de particulares.
Ante la falta de eficacia de los cauces legales de la vía civil, esta ley persigue establecer mecanismos para lograr el desalojo inmediato de los ilegítimos ocupantes sin tener que recurrir a la vía penal, algo que, como ya vimos en Por qué el concepto de “morada” puede proteger tu vivienda de ser ocupada, solo puede hacerse en ciertos casos y, en muchas ocasiones, sin las pruebas suficientes, acaba fracasando y empeorando la situación.
Objetivos de la Ley
La Ley surge como respuesta a la necesidad de fortalecer los mecanismos legales para la recuperación de la posesión de viviendas ocupadas ilegalmente por la vía civil. Sus principales objetivos son:
Agilizar el proceso de desalojo de okupas: La ley establece un procedimiento judicial especial más rápido y sencillo que el existente con anterioridad.
Proteger los derechos de los propietarios: La ley reconoce el derecho de los propietarios legítimos a recuperar la posesión de sus viviendas de forma inmediata.
Combatir la ocupación ilegal: La ley busca acabar con la okupación mediante medidas más fuertes y la mejora de la coordinación entre las distintas administraciones públicas.
Atender a las personas en situación de vulnerabilidad: La ley establece mecanismos para identificar y atender a las personas que ocupan viviendas de forma ilegal por motivos de necesidad social.
Contenido de la Ley
La Ley introduce diversas modificaciones en la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, para abordar la problemática de la ocupación ilegal de viviendas. Entre las principales medidas destacan:
Implementación de un procedimiento especial de desahucio: Se establece un procedimiento judicial específico para la recuperación de la posesión de viviendas ocupadas ilegalmente, con plazos más cortos y requisitos simplificados.
Posibilidad de desalojo inmediato: El juez puede ordenar el desalojo inmediato de los ocupantes ilegítimos si se cumplen determinados requisitos, como la existencia de un título de propiedad y la falta de consentimiento del propietario.
Protección de personas vulnerables: La ley establece que el juez debe dar traslado a los servicios sociales cuando detecte que los ocupantes ilegítimos se encuentran en situación de vulnerabilidad social.
Medidas de coordinación entre administraciones: La ley promueve la colaboración entre las distintas administraciones públicas para prevenir la ocupación ilegal de viviendas y para atender a las personas en situación de necesidad.
Ineficiencias en la Práctica
Como ya sabemos, nada de esto ha funcionado en la práctica, provocando inseguridad e intranquilidad en los propietarios. Al ser un procedimiento civil sigue teniendo ineficiencias que los okupas aprovechan para seguir prolongando su estancia:
Presentación de documentación falsa: Los okupas pueden presentar pruebas falsas, como contratos de alquiler ficticios, en un periodo inferior a 5 días, para dificultar el proceso de desalojo. Esto implica la necesidad de una investigación judicial más profunda, alargando el procedimiento.
Falta de fase de instrucción: La naturaleza civil del procedimiento no contempla una fase de instrucción, lo que provoca que el procedimiento se tenga que seguir extendiendo por lo menos hasta el juicio verbal.
Carga judicial: El incremento de desahucios por ocupación ilegal ha aumentado la carga de trabajo en los juzgados, lo que genera retrasos en la resolución de los casos. Esto prolonga la situación de incertidumbre para los propietarios legítimos.
Falta de medidas disuasorias: La ley no implementa medidas disuasorias suficientemente fuertes para prevenir la ocupación ilegal, como sanciones más severas o la creación de un registro de ocupantes reincidentes.
Ejemplo de la Ineficiencia
Para visualizar esta problemática de una manera más clara, veamos un ejemplo que pone en contexto las ineficiencias de dicha ley:
Pedro llega a su vivienda de vacaciones en Málaga y, tras varios intentos de meter la llave en la cerradura, se da cuenta de que esta está cambiada. Desde dentro de la casa se escucha a un hombre decir que se vaya o que llamará a la policía.
Tras varios intentos de dialogar con el intruso, es Pedro quien llama a la policía. Después de varios minutos, dos agentes se presencian y piden testimonio de los hechos, tratando de determinar si existen evidencias de un delito.
Los agentes solicitan una prueba al intruso que acredite su legitimidad sobre el uso de la vivienda. Este, que viene muy bien preparado de antes, presenta un contrato de alquiler estándar con la firma de Pedro falsificada. Por su parte, Pedro, al no tener pruebas concluyentes a su alcance sobre su condición de morador en la vivienda que invaliden este contrato, se ve desprovisto de herramientas, impidiendo a los agente tomar una decisión eficaz e intervenir al instante.
¿Cómo Solucionar el Problema?
El principal problema de Pedro es su incapacidad para demostrar que él es el legítimo morador, como vimos en Por qué el concepto de morada puede proteger tu vivienda. En el ejemplo podemos ver cómo el intruso puede acreditar esta condición con el cambio de cerradura y el contrato de alquiler falso, mientras Pedro no posee ningún documento que acredite que él es el que hace uso de la vivienda (como bien sabemos, las escrituras de propiedad, facturas de suministros o certificados de padrón, no demuestran esta condición). Por lo tanto, se encuentra en una situación de falta de pruebas suficientes para poder echar al okupa.
La situación hubiese sido diferente si Pedro hubiese demostrado que hace uso de la vivienda, ya que con sus alegaciones y la presentación de un documento que acredite su condición de morador hubiese dado un vuelco al final de esta trágica historia. En este escenario, Pedro hubiese tenido una prueba fehaciente que hubiese apoyado sus alegaciones ante las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, desacreditando el contrato de alquiler falso y otorgando a las autoridades la certeza de la comisión de un delito de allanamiento de morada, en la que él es la víctima. Pero… ¿cómo puede conseguir Pedro este documento?
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