Introducción
Si por algo se caracteriza el fenómeno de la okupación, es por la innumerable lista de mitos y confusiones en torno a esta problemática, cómo se debe abordar, qué casuísticas existen y cómo debemos protegernos para prevenirla de la manera más óptima en nuestro hogar. En Cómo lograr la intervención policial inmediata ante la presencia de okupas, tratamos temas muy relevantes, como las famosas 48h, qué sucede con las segundas viviendas o cuáles son las dificultades prácticas que afrontan las autoridades para desalojar una vivienda okupada.
En este post, abordamos una duda que nos trasladan en Moradai con mucha frecuencia: “Pero yo ya tengo las escrituras de propiedad y las facturas de todos los suministros de la vivienda… incluso estoy empadronado en el municipio. ¿Esto no es suficiente?”
¡Veámoslo en detalle!
Documentos habituales: escrituras, suministros y padrón
Garantizar la máxima protección en nuestra vivienda, ya sea nuestra vivienda habitual o de temporada, pasa necesariamente por poner las medidas para poder acreditar que la vivienda es nuestra morada. Esto, como ya vimos en Allanamiento de morada vs. Usurpación: la clave para protegerte de la okupación, es lo que permite a las autoridades policiales intervenir inmediatamente y sin orden judicial, evitando entrar en procesos judiciales que, con mucha seguridad, podrán demorarse meses y hasta años.
Sin embargo, nos puede surgir la duda de “¿cómo acredito yo mi morada?”. Dicho de otro modo, “¿cómo le demuestro a los agentes que soy yo quien uso habitualmente la vivienda y que no es otra persona o incluso que el inmueble no está vacío y sin uso?” Pues bien, la respuesta más común es con documentos como las escrituras de propiedad, las facturas de suministros o el certificado de padrón municipal. Pero… ¿sirven estos realmente para demostrar la morada?
Escrituras de propiedad
Las escrituras de propiedad, como su nombre bien señala, son un documento acreditativo de la titularidad o la propiedad sobre un bien inmueble. En términos jurídicos, es muy diferente hablar de propiedad que de posesión. Mientras tú puedes haber adquirido legalmente un inmueble y tener un documento que acredite que es tuyo (propiedad), en este inmueble puede vivir, por ejemplo, un inquilino (posesión). Tener la propiedad del inmueble no necesariamente te da derecho a su posesión, como es el caso de que haya un inquilino. Por tanto, no tiene nada que ver quién tiene la propiedad real del inmueble, con quién tiene el derecho a usar y permanecer en el mismo.
Las escrituras de propiedad, como bien habrás percibido ya, no pueden probar que una vivienda tiene uso, mucho menos aún demostrar quién es la persona que usa la vivienda. Lo mismo ocurre, por ejemplo, con los permisos de conducción. Tener un permiso de conducción en vigor solo demuestra que tenemos derecho a conducir por la vía pública, pero no permite determinar si una persona conduce todos los días, una vez al año o si no ha vuelto a coger un vehículo desde que obtuvo el permiso.
Si tienes dudas sobre por qué es tan importante acreditar el uso de la vivienda y por qué no es suficiente con demostrar la propiedad, te recomendamos nuestro post: Allanamiento de morada vs. Usurpación: la clave para protegerte de la okupación.
Facturas de suministros
Los consumos de la vivienda como el agua, la luz o el gas pueden parecer pruebas mucho más útiles y precisas a la hora de demostrar que un inmueble tiene uso, y no le falta verdad a esta afirmación. Sin embargo, te planteamos una pregunta: ¿Qué pasa con los consumos si hay un inquilino o incluso unos okupas?
La realidad es que las facturas de suministros permiten demostrar el uso de una vivienda y, mediante la medición de los consumos, se puede estimar si el uso es habitual, periódico, ocasional o nulo. El problema es que no permiten vincular dicho uso con la identidad de los usuarios reales. Aunque seamos nosotros quienes pagamos las facturas, la persona que habita dentro de la vivienda puede ser un familiar, un inquilino o incluso los propios okupas, que se han instalado y están consumiendo recursos de la vivienda.
Volviendo al ejemplo de la conducción, podríamos equiparar los suministros al depósito de gasolina. Si un coche tiene menos gasolina en el depósito al final de cada mes, podemos estar seguros de que alguien lo ha estado usando, pero con total seguridad no podremos saber quién ha sido realmente la persona o personas que lo han conducido.
Certificado de empadronamiento
Por último, también es habitual creer que estar empadronado en un municipio es prueba de residir en el mismo. Esto sabemos que no es cierto, puesto que muchas personas habitan en municipios en los que no están empadronados y, aunque sirviese, solo valdría para una única vivienda (no podemos estar empadronados en dos sitios a la vez, por lo que este documento puede ser perfectamente inexistente en caso de que tengamos varias viviendas).
De hecho, es interesante saber que existen múltiples sentencias y consultas vinculantes que invalidan el empadronamiento como medio para acreditar la residencia, por ejemplo, para ámbitos como la residencia fiscal o las exenciones y deducciones fiscales por vivienda habitual. Esto quiere decir que, en la mayoría de casos, tratar de demostrar que vivimos en un sitio con un certificado de empadronamiento no nos servirá.
Por ejemplo, la Consulta Vinculante V0169-10 a la Dirección General de Tributos establece: “En este sentido, cabe señalar que el simple empadronamiento no constituye, por sí mismo, elemento suficiente de acreditación de residencia y vivienda habitual en una determinada localidad …”. Lo cual es lógico, dado que el empadronamiento es un documento expedido una sola vez y completamente estático, mientras que la residencia de una persona es un hecho continuo y cambiante, que solo puede certificarse si es de forma igualmente continuada en el tiempo.
Certificar la morada: la seguridad definitiva
De todo lo anterior, podemos determinar que ningún documento sirve para poder demostrar que hacemos uso de una vivienda o que somos los legítimos moradores de la misma. Y es que, por increíble que parezca, hasta la fecha no existía ningún medio para poder probar algo tan sencillo como dónde vivimos o quiénes son las personas que realmente usan una vivienda.
Esto nos deja completamente indefensos frente a la okupación, sin medios para guiar a las autoridades y recuperar lo que es nuestro, provocando además terribles quebrantos económicos y emocionales por la pérdida de nuestro hogar.
Para resolver este grave problema, Moradai ha desarrollado El Testigo, el primer sistema de certificación de morada creado hasta la fecha, con tecnología patentada. Esta solución permite al usuario, de la manera más simple posible, registrar su morada periódicamente para garantizar el máximo grado de protección en la vivienda. Con esta sencilla solución, cualquier persona puede certificar su morada frente a autoridades, facilitando el desalojo inmediato en caso de que se produzca una okupación.
Conclusión
Poder demostrar que somos usuarios de una vivienda no solo es necesario, sino que es obligatorio para poder recuperar de inmediato una vivienda okupada pero, desafortunadamente, esto es imposible de demostrar con los documentos y pruebas habituales, dependiendo completamente la recuperación del inmueble de la iniciativa de los agentes policiales, que se hallarán faltos de pruebas y asumiendo un enorme riesgo legal en caso de actuar incorrectamente.
Moradai pone a tu disposición El Testigo, una solución sencilla, económica y con respaldo legal, que te aporta el máximo grado de protección frente a la okupación. Porque en nuestros hogares la seguridad no es negociable, Moradai es la elección inteligente.
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